Resolución Administrativa N.° 404-2025-DMID-DIRIS-LC

20 de marzo de 2025

Art. 1°.- Otorgar, la Autorización Sanitaria de Funcionamiento al establecimiento farmacéutico de clase Botica con nombre comercial BOTICA HAPPYFARMA, con razón social INVERSIONES HAPPYFARMA S.A.C., con RUC N° 20613552945, representado legalmente por BANDA ANGASPILCO Denis, ubicado en Av. Santa Rosa de Lima Nro. 1596 1598 Tienda N° 4 Urb. Inca Manco Cápac - Segunda Etapa, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, con horario de atención al público de lunes a sábado de 07:00 a 15:00 horas, y con la Dirección Técnica del Q.F. HUAMANI ZAMBRANO Dante Alfonso con C.Q.F.P. N° 21312, con horario de labor de lunes a sábado de 07:00 a 15:00 horas; conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución Administrativa.

Art. 2°.- Informar, a la parte interesada que toda modificación o cambio en el establecimiento farmacéutico debe ser comunicado a la Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas - DIRIS LC, que no podrá funcionar en horario no autorizado, y que el incumplimiento de las normas establecidas dará lugar a la aplicación de las medidas de seguridad sanitaria y sanciones administrativas correspondientes.

Art. 3°.- Notificar, la presente Resolución Administrativa al interesado, para los fines pertinentes.

Art. 4°.- Registrar, la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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RA N° 0404-2025-DMID-DIRIS-LC

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