Resolución Administrativa N.° 340-2025-DMID-DIRIS-LC
6 de marzo de 2025
ARTÍCULO PRIMERO. – IMPONER SANCIÓN DE MULTA ascendente al 50% de DOS (2) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS – UIT al establecimiento farmacéutico BOTICA CARLY, con razón social CAMERLY SOCIEDAD ANÓNIMA CERRADA – CAMERLY S.A.C., representado legalmente por VELÁSQUEZ COSIGNA MERCEDES, con RUC N° 20605807063, ubicado en Jr. Libertad N° 755 Urb. Miramar, en el distrito de San Miguel, por los fundamentos expuestos en la presente resolución; en condición de atenuantes;
ARTÍCULO SEGUNDO. – Notificar al administrado y señalar que contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo informar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
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