Resolución Administrativa N.° 124-2025-DMID-DIRIS-LC
22 de enero de 2025
Art. 1°.- Denegar la Autorización Sanitaria de Funcionamiento al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA con nombre comercial BOTICA FARMA LOAYZA con RUC N° 20613483439, con razón social BOTICA EYL FARMA S.A.C., representado legalmente por SOLANO EYZAGUIRRE Lisset Aurora, ubicado en Av. Canto Grande 3836 Mz. M Lote. 6 A.H. Jesús Oropeza Chonta, distrito San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima; conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución Administrativa.
Art. 2°.- Informar a la parte interesada que toda modificación o cambio en el establecimiento farmacéutico debe ser comunicado a la Dirección de Medicamentos Insumos y Drogas-DIRIS LC, que no podrá funcionar en horario no autorizado, y que el incumplimiento de las normas establecidas dará lugar a la aplicación de las medidas de seguridad sanitaria y sanciones administrativas correspondientes.
Art. 3°.- Notificar la presente Resolución Administrativa al interesado, para los fines pertinentes.
Art. 4°.- Registrar la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.
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