Resolución Administrativa N.° 2045-2023-DMID-DIRIS-LC
20 de noviembre de 2023
ARTICULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente a 1.5 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico BOTICA CALISALUD, de propiedad de JOSE CARLOS RODAS GERONIMO, con RUC N° 10460840819, ubicado en Av. San Juan Urb. Túpac Amaru, en el distrito de San Luis; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ARTICULO SEGUNDO.- DECLARAR IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE NULIDAD deducida por el establecimiento farmacéutico de nombre comercial comercial BOTICA CALISALUD, de propiedad de JOSE CARLOS RODAS GERONIMO, con RUC N° 10460840819, ubicado en Av. San Juan Urb. Túpac Amaru, en el distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima; por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
ARTICULO TERCERO.- Notificar al establecimiento BOTICA CALISALUD; y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
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