Resolución Directoral N.° 895-2025-DG-DIRIS-LC
29 de agosto de 2025
Artículo 1.- APROBAR la asignación de Categoría I-1: Consultorio Odontológico, al establecimiento de salud sin población asignada, con nombre comercial "DR MIGUEL LAU", ubicado en Av. Alfredo Benavides N° 2979, interior 309, distrito Miraflores, provincia y departamento de Lima, con CUI 00037046, con razón social "LAU SALAZAR MIGUEL ANGEL", con RUC N° 10405521712, representado legalmente por MIGUEL ANGEL LAU SALAZAR identificado con el DNI N° 40552171.
Artículo 2.- El establecimiento de salud señalado en el artículo primero, cuenta con las Unidades Productoras de Servicios de Salud-UPSS y Actividades de Atención Directa o de Soporte según la categoría asignada, las cuales están señaladas en el anexo que forma parte de la presente Resolución.
Artículo 3.- La categoría asignada tendrá una vigencia de tres (03) años. En caso varíe su complejidad, el representante legal del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho y solicitar un nuevo proceso de categorización. Asimismo, no podrá brindar servicios sin contar con la categoría otorgada por la autoridad Sanitaria, de acuerdo con la normatividad vigente.
Artículo 3.- La categoría asignada tendrá una vigencia de tres (03) años. En caso varíe su complejidad, el representante legal del establecimiento de salud debe comunicar dentro del plazo máximo de treinta (30) días calendario de ocurrido el hecho y solicitar un nuevo proceso de categorización. Asimismo, no podrá brindar servicios sin contar con la categoría otorgada por la autoridad Sanitaria, de acuerdo con la normatividad vigente.
Artículo 4.- DISPONER la notificación del acto resolutivo a la IPRESS "DR MIGUEL LAU", conforme a ley.
Artículo 5.- DISPONER que el Comité Técnico de Categorización 2024 - 2025 de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro comunique al responsable del Registro Nacional de IPRESS - RENIPRESS, la asignación de la categoría del establecimiento de salud.
Artículo 6.- DISPONER la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.