Resolución Administrativa N.° 926-2023-DMID-DIRIS-LC

16 de junio de 2023

ARTICULO PRIMERO. - IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente al CINCO (5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT) vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico BOTICA MIFARMA, razón social MIFARMA S.A.C., representado legalmente por ALFARO GARRATH LUIS FELIPE, con número de RUC 20512002090, ubicado en Calle José Leguía y Menéndez Nº 1026, en el distrito de Pueblo Libre, provincia y departamento de Lima; en aplicación a la condición de ATENUANTE constituida en el presente proceso, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

ARTICULO SEGUNDO. - Notificar al establecimiento farmacéutico con nombre BOTICAS BOTICA MIFARMA, y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa Nº 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación Nº 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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