Resolución Administrativa N.° 1800-2023-DMID-DIRIS-LC
13 de octubre de 2023
ARTICULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente al 50% de 3 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico de nombre comercial BOTICAS REY PHARMA E.I.R.L., razón social BOTICAS REY PHARMA E.I.R.L., representado legalmente por DIAZ CUBAS JHONY; con número de RUC 20602735339, ubicada en Av. Canto Bello N° 126-A, Mz. M, Lote 12-B, Urb. Canto Bello, distrito de San Juan de Lurigancho, distrito de Lima; en condición de atenuantes, por los fundamentos expuestos en la presente resolución;
ARTICULO SEGUNDO.- Notificar al establecimiento BOTICAS REY PHARMA E.I.R.L.; y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
ARTICULO TERCERO.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.
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