Resolución Administrativa N.° 823-2023-DMID-DIRIS-LC
7 de junio de 2023
ARTICULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente a TRES (3) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico BOTICA JULY, de propiedad de BASILIO ALFARO SANTOS CRESCENCIO; con número de RUC 10060898494, ubicado en Ref. Av. Del Periodista Mz. C-1, Lt. 40 Urb. Canto Nuevo, en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, por los fundamentos expuestos en la presente resolución;
ARTICULO SEGUNDO.- Notificar al establecimiento BOTICA JULY, y señalar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectué dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa Nº 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación Nº 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
ARTICULO TERCERO.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.
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