Resolución Administrativa N.° 745-2023-DMID-DIRIS-LC

26 de mayo de 2023

ARTICULO PRIMERO.- IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente a DOS (2) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico BOTICA INKAFARMA, debidamente representado por CRIBILLERO ALDANA CECILIA DEL CARMEN, con razón social BOTICAS IP S.A.C., con número de RUC 20608430301, ubicado en Mz. Q-8, Lt. 4, Urb. AA.HH. Jose Carlos Mariátegui, en el distrito de San Juan de Lurigancho, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

ARTICULO SEGUNDO.- Notificar al establecimiento BOTICA INKAFARMA; y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectué dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

ARTICULO TERCERO.- Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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