Resolución Administrativa N.° 1933-2023-DMID-DIRIS-LC

31 de octubre de 2023

Art.1°.- Otorgar la Autorización Sanitaria de Funcionamiento solicitada por el establecimiento farmacéutico de clase BOTICA con nombre comercial BOTICA PHARMAVITAL con razón social CRILIZFARMA S.A.C, representada por TORRES CLEMENTE LIZBETH ERIKA, con número de RUC 20606277343, ubicada en Av. Santa Rosa Nro. 1826, Urb. Inca Manco Cápac en el distrito de San Juan de Lurigancho, con horario de funcionamiento de lunes a miércoles de 11:00 a 14:00 horas; el cual realizará dispensación y expendio de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, no manejará drogas sujetas a presentación de balance (estupefacientes/psicotrópicos), y como Director Técnico a la Q.F. GUERRA MACHACUAY, CRISTINA MAURA con C.Q.F.P. N° 25000 con horario de labor de lunes a miércoles de 11:00 a 14:00 horas; por lo expuesto en la parte considerativa.

Art.2°.- Todo cambio o modificación en la autorización, así como los cierres deben ser autorizados por la Autoridad de Salud.

Art.3°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines consiguientes.

Art.4°.- Regístrese la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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