Resolución Administrativa N.° 461-2023-DMID-DIRIS-LC
27 de marzo de 2023
ARTICULO PRIMERO. - IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente al 50% de 5 Unidades Impositivas tributarias (UIT), vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico de nombre comercial FARMACIA BOULEVARD, propiedad de GRIPPA SAKO NATALIA MARIA ANTONIETA, con número de RUC 10082068487, ubicado en Av. San Luis y Río Surco N° 2897, Urb. San Borja, distrito de San Borja, en condición de atenuantes por los fundamentos expuestos en la presente resolución;
ARTICULO SEGUNDO. - Notificar al establecimiento farmacéutico FARMACIA BOULEVARD, y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectué dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N°002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N°00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
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