Resolución Administrativa N.° 453-2023-DMID-DIRIS-LC

23 de marzo de 2023

ARTICULO PRIMERO. - IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente al 50% de cinco (5) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico de nombre comercial BOTICA ELIFARMA, representado legalmente por HUAMAN HUAMAN HERLINDA; con número de RUC 20546732305, ubicado en Av. Alfonso Ugarte N°950, en el distrito de Breña, provincia y departamento de Lima, en condición de atenuantes por los fundamentos expuestos en la presente resolución;

ARTICULO SEGUNDO. - Notificar al establecimiento farmacéutico BOTICA ELIFARMA, y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectué dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N°002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N°00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

ARTICULO TERCERO. - Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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