Resolución Administrativa N.° 081-2023-DMID-DIRIS-LC

16 de enero de 2023

ARTICULO PRIMERO. - IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente al 50% de DOS (2) Unidades Impositivas Tributarias (UIT); vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico de comercial BOTICA MIFARMA, razón social MIFARMA S.A.C., representado legalmente por LAZARTE PALAU PATRICIO, con RUC N° 20512002090, ubicado en Av. Aviación N° 3588 Mz. 10 Lote 45 C.H. Limatambo, en el distrito de San Borja, en condición de atenuantes, por los fundamentos expuestos en la presente resolución;

ARTICULO SEGUNDO. - Notificar al establecimiento BOTICA MIFARMA; y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

ARTICULO TERCERO. - Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.

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