Resolución Administrativa N.° 059-2023-DMID-DIRIS-LC

13 de enero de 2023

ARTICULO PRIMERO. - IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente al 50% de TRES (3) Unidades Impositivas tributarias (UIT), vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico de nombre comercial BOTICAS VIALFARMA, con razón social CORPORACION CAMPEMA SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - CAMPEMASAC, representado legalmente por CAMPOS SUAREZ ROGER, con RUC N° 20603644248, ubicado en Av. Las Flores de Primavera Nº 1338 Urb. Asc. San Hilarión, en el distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, provincia y departamento de Lima; por los fundamentos expuestos en la presente resolución;

ARTICULO SEGUNDO. - Notificar al establecimiento farmacéutico BOTICAS VIALFARMA, y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectué dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.

ARTICULO TERCERO. - Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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