Resolución Administrativa N.° 026-2023-DMID-DIRIS-LC
10 de enero de 2023
ARTICULO PRIMERO. - IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente a CINCO (5) Unidades Impositivas tributarias (UIT), vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento farmacéutico de nombre comercial BOTICA FARMAFE, propiedad de OROYA ÑUPA MARITZA MELIZA; con número de RUC 10479407351, ubicada en Av. Canto Grande N° 3818, A.H. Jesús Oropeza Chonta, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, provincia y departamento de Lima; por los fundamentos expuestos en la presente resolución;
ARTICULO SEGUNDO. - Notificar al establecimiento BOTICA FARMAFE; y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectué dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
ARTICULO TERCERO. - Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.
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