Resolución Administrativa N.° 1370-2024-DMID-DIRIS-LC

28 de octubre de 2024

Art.1º.- Ratificar la Medida de Seguridad Sanitaria de CIERRE TEMPORAL al establecimiento farmacéutico de clase Botica, nombre comercial BOTICA FARMA JAMNS de razón social INDUSTRIES JBC S.A.C, representado legalmente por BASTIDAS CALIXTO JORGE SHANDE SAID, con RUC N° 20612994839, ubicada en Av. Manuel Echeandría N° 182 Urb. San Pablo, en el distrito de San Luis, provincia y departamento de Lima; hasta que subsane las observaciones consignadas en el acta.

Art.2º.- Todos los establecimientos farmacéuticos comprendidos en el artículo 4° del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-SA, requieren de Autorización Sanitaria de Funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del mismo reglamento y en el artículo 21° de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. La autorización sanitaria es requisito indispensable para su funcionamiento, la misma que será otorgada por la Autoridad de Salud previa inspección.

Art.3º.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y dispóngase su publicación en la página web Institucional de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines pertinentes.

Art.4º.- Póngase de conocimiento a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, para fines pertinentes.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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