Resolución Directoral N.° 727-2025-DG-DIRIS-LC
4 de julio de 2025
ARTÍCULO 1°.- IMPONER LA SANCIÓN DE DESTITUCIÓN a la servidora MARITZA PETRONILA DE LA TORRE ANCCO por faltas de carácter administrativo disciplinario tipificada en el literal j) del artículo 85° de la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, asimismo la INHABILITACIÓN automática para el ejercicio de la función pública por el plazo de cinco (5) años contados a partir de notificada la presente.
ARTÍCULO 2°.- DISPONER, que la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro haga efectivo, lo dispuesto en la presente resolución, a fin de que se cumpla con su ejecución.
ARTÍCULO 3°.- NOTIFICAR, a la citada servidora la presente Resolución, de conformidad con el régimen establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dentro del término de cinco días de emitida, para los fines de ley.
ARTÍCULO 4°.- REMITIR el presente expediente a la Secretaría Técnica de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Entidad, ejecutado que sea lo dispuesto en la presente Resolución, para su respectiva custodia, conforme a lo establecido en la normativa de la materia.
ARTÍCULO 5°.- REMITIR la presente resolución al legajo personal de la servidora señalada en el artículo primero.
ARTÍCULO 2°.- DISPONER, que la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro haga efectivo, lo dispuesto en la presente resolución, a fin de que se cumpla con su ejecución.
ARTÍCULO 3°.- NOTIFICAR, a la citada servidora la presente Resolución, de conformidad con el régimen establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2019-JUS, dentro del término de cinco días de emitida, para los fines de ley.
ARTÍCULO 4°.- REMITIR el presente expediente a la Secretaría Técnica de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Entidad, ejecutado que sea lo dispuesto en la presente Resolución, para su respectiva custodia, conforme a lo establecido en la normativa de la materia.
ARTÍCULO 5°.- REMITIR la presente resolución al legajo personal de la servidora señalada en el artículo primero.