Resolución Administrativa N.° 1283-2024-DMID-DIRIS-LC

7 de octubre de 2024

Art. 1º.- Otorgar, la Autorización Sanitaria de Funcionamiento al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA, con nombre comercial BOTICA LUZFARMA con RUC N° 10441333299, propiedad de REVILLA CELIS Luz Brisaida, ubicado en Prol. Jr. Cuzco N° 576, Urb. Pando 4ta Etapa, distrito San Miguel, provincia y departamento de Lima, con horario de atención al público de lunes a sábado de 08:00 a 14:00 horas y con la Dirección Técnica del Q.F. BENAVIDES AREVALO Santiago con C.Q.F.P. N°21305 con horario de labor de lunes a sábado de 08:00 a 14:00 horas; conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución Administrativa.

Art. 2°.- Informar, a la parte interesada que toda modificación o cambio en el establecimiento Farmacéutico, debe ser comunicado a la Dirección de Medicamentos Insumos y Drogas-DIRIS LC, que no podrá funcionar en horario no autorizado, y que el incumplimiento de las normas establecidas dará lugar a la aplicación de las medidas de seguridad sanitaria y sanciones administrativas correspondientes.

Art. 3°.- Notificar, la presente Resolución Administrativa al interesado, para los fines pertinentes.

Art. 4°.- Registrar, la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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RA N° 1283-2024-DMID-DIRIS-LC

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