Resolución Administrativa N.° 1086-2024-DMID-DIRIS-LC

29 de agosto de 2024

Art. 1º. Otorgar, la Autorización Sanitaria de Funcionamiento al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA, con nombre comercial BOTICA SALVADOR, con razón social BOTICA SALVADOR S.A.C, con RUC N° 20609592851, representado legalmente por JARA PALOMINO Pamela Yusara, ubicado en Av. Los Periodistas N° 223, Mz. I-1, Lote. 11, Urb. Canto Sol, Comuna 13, distrito de San Juan de Lurigancho, provincia y departamento de Lima, con horario de atención al público de lunes a viernes de 23:00 a 07:00 horas; y con la Dirección Técnica del Q.F. RIVAS MEDINA Gino Walter Enrique con C.Q.F.P. N°14161, con horario de labor de lunes a viernes de 23:00 a 07:00 horas; conforme a las consideraciones expuestas en la presente Resolución Administrativa.

Art. 2º.- Informar, a la parte interesada que toda modificación o cambio en el establecimiento Farmacéutico, debe ser comunicado a la Dirección de Medicamentos Insumos y Drogas-DIRIS LC, que no podrá funcionar en horario no autorizado, y que el incumplimiento de las normas establecidas dará lugar a la aplicación de las medidas de seguridad sanitaria y sanciones administrativas correspondientes.

Art. 3º.- Notificar, la presente Resolución Administrativa al interesado, para los fines pertinentes.

Art. 4º.- Registrar, la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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RA N° 1086-2024-DMID-DIRIS-LC

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