Resolución Directoral N.° 536-2025-DG-DIRIS-LC
16 de junio de 2025
Artículo 1.- Declarar Infundado el recurso de apelación interpuesto con fecha 28 de abril de 2025 por doña Matilde Beatriz Aldave Tarazona contra la Carta Nº 192-2025-OGRRHH-UFGC-DIRIS-LC, sobre el reconocimiento del derecho a percibir Bonificación Personal de cuarto, quinto, sexto, séptimo y octavo quinquenios, a razón del 20%, 25%, 30%, 35% y 40% de la bonificación personal, a partir del 01 de setiembre de 2001, sobre la base de su remuneración básica de S/. 50.00 establecido en el artículo 1 del Decreto de Urgencia Nº 105-2001, más reintegros e intereses legales, por los fundamentos expuestos en la presente resolución.
Artículo 2.- Dar por agotada la vía administrativa, de conformidad con el artículo 228 del TUO de la LPAG.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la recurrente en un plazo no mayor a cinco (5)días, de conformidad con el numeral 24.1 del artículo 24 del TUO de la LPAG.
Artículo 4.- Comunicar el presente acto resolutivo a las instancias administrativas correspondientes e interesados, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 5.- Disponer la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Artículo 2.- Dar por agotada la vía administrativa, de conformidad con el artículo 228 del TUO de la LPAG.
Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la recurrente en un plazo no mayor a cinco (5)días, de conformidad con el numeral 24.1 del artículo 24 del TUO de la LPAG.
Artículo 4.- Comunicar el presente acto resolutivo a las instancias administrativas correspondientes e interesados, para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 5.- Disponer la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.