Resolución Administrativa N.° 645-2024-DMID-DIRIS-LC
21 de mayo de 2024
Art.1°.- Ratificar la medida de seguridad sanitaria de CIERRE TEMPORAL, del establecimiento farmacéutico de Clase Botica con nombre comercial BOTICAS MARY FARMA DC EIRL, con razón social BOTICAS MARY FARMA DC E.I.R.L., debidamente representado por CUBAS CUBAS RUPERTO, con número de RUC 20602732542, ubicado en PJ ROTTERDAM N° 4469 MZ. 14 LT 12 URB. PJ ARRIBA PERU, en el distrito de San Juan de Lurigancho.
Art.2°.- Para la aplicación de la Medida de Seguridad Sanitaria, los inspectores colocarán el rótulo de CIERRE TEMPORAL, los cuales deberán permanecer en el lugar que fueron colocados y únicamente podrán ser retirados hasta que la autoridad disponga el levantamiento de esta medida; por lo que, en caso se violarse estos rótulos, el administrado será pasible de ser denunciado por delito de desobediencia a la autoridad, sin perjuicio de aplicarse la sanción administrativa que corresponda.
Art.3°.- La Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas a través de la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, constatará la subsanación de las observaciones sanitarias existentes en el acta de inspección por Verificación N° 151-V-2024, mediante una nueva inspección, a fin de verificar el cumplimiento de la normatividad legal vigente.
Art.4°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y dispóngase su publicación en la página web Institucional de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines consiguientes.
Art.5°.- Póngase de conocimiento a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos, para su conocimiento y fines pertinentes.
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