Resolución Administrativa N.° 347-2025-DMGS-DIRIS-LC
1 de abril de 2025
Artículo 1.- APROBAR, cinco (05) planes de trabajo de la Unidad Funcional del Área Niño, que én anexo forman parte integrante del acto resolutivo, según el siguiente detalle:
(i) “PLAN DE TRABAJO DEL COMPONENTE DE SALUD NEONATAL, PARA EL AÑO 2025”, contando con un presupuesto total de Siete millones ochocientos sesenta y tres mil cincuenta y Seis 00/100 soles (S/. 7,863,056.00 soles);
(ii) “PLAN DE TRABAJO DE LA ESTRATEGIA SANITARIA DE INMUNIZACIONES, PARA EL AÑO 2025”, contando con un presupuesto total de Catorce millones novecientos dieciocho mil novecientos cincuenta y uno 00/100 soles (S/. 14,918,951.00 soles);
(iii) “PLAN DE TRABAJO DE LA ESTRATEGIA SANITARIA DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN SALUDABLE, PARA EL AÑO 2025", contando con un presupuesto total de Nueve millones ciento treinta y nueve mil quinientos cincuenta y dos 00/100 soles (S/. 9,139,552.00 soles);
(iv) “PLAN DE TRABAJO DE LA ETAPA DE VIDA NIÑO CON ENFOQUE DE DESARROLLO INFANTIL TEMPRANO, PARA EL AÑO 2025”, contando con un presupuesto total de Sesenta y seis millones novecientos noventa y tres mil ochocientos setenta y nueve 00/100 soles (S/. 66,993,879.00 soles);
(v) “PLAN DE TRABAJO DE CADENA DE FRÍO DE LA ESTRATEGIA SANITARIA DE INMUNIZACIONES, PARA EL AÑO 2025”, no cuenta con la Programación de la actividad: 5004426. MONITOREO, SUPERVISIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL DEL PROGRAMA ARTICULADO NUTRICIONAL; sin embargo, estará sujeto a la disponibilidad presupuestal que provengan de las transferencias que realice el Programa Presupuestal para ejecutar la referida actividad, y/o a los saldos adicionales que se deriven de ingresos no previsto;
Acorde a la opinión técnica de la Oficina de Presupuesto Público emitido en el Informe Técnico N*45-2025-OPP-DIRIS-LC de fecha 06 de marzo de 2025.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina de Intervenciones Sanitarias, la difusión, implementación, el monitoreo y evaluación del plan de trabajo aprobado en el artículo precedente.
Artículo 3.- NOTIFICAR a la Dirección General, y Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Pública, la presente resolución para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
(i) “PLAN DE TRABAJO DEL COMPONENTE DE SALUD NEONATAL, PARA EL AÑO 2025”, contando con un presupuesto total de Siete millones ochocientos sesenta y tres mil cincuenta y Seis 00/100 soles (S/. 7,863,056.00 soles);
(ii) “PLAN DE TRABAJO DE LA ESTRATEGIA SANITARIA DE INMUNIZACIONES, PARA EL AÑO 2025”, contando con un presupuesto total de Catorce millones novecientos dieciocho mil novecientos cincuenta y uno 00/100 soles (S/. 14,918,951.00 soles);
(iii) “PLAN DE TRABAJO DE LA ESTRATEGIA SANITARIA DE ALIMENTACIÓN Y NUTRICIÓN SALUDABLE, PARA EL AÑO 2025", contando con un presupuesto total de Nueve millones ciento treinta y nueve mil quinientos cincuenta y dos 00/100 soles (S/. 9,139,552.00 soles);
(iv) “PLAN DE TRABAJO DE LA ETAPA DE VIDA NIÑO CON ENFOQUE DE DESARROLLO INFANTIL TEMPRANO, PARA EL AÑO 2025”, contando con un presupuesto total de Sesenta y seis millones novecientos noventa y tres mil ochocientos setenta y nueve 00/100 soles (S/. 66,993,879.00 soles);
(v) “PLAN DE TRABAJO DE CADENA DE FRÍO DE LA ESTRATEGIA SANITARIA DE INMUNIZACIONES, PARA EL AÑO 2025”, no cuenta con la Programación de la actividad: 5004426. MONITOREO, SUPERVISIÓN, EVALUACIÓN Y CONTROL DEL PROGRAMA ARTICULADO NUTRICIONAL; sin embargo, estará sujeto a la disponibilidad presupuestal que provengan de las transferencias que realice el Programa Presupuestal para ejecutar la referida actividad, y/o a los saldos adicionales que se deriven de ingresos no previsto;
Acorde a la opinión técnica de la Oficina de Presupuesto Público emitido en el Informe Técnico N*45-2025-OPP-DIRIS-LC de fecha 06 de marzo de 2025.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Oficina de Intervenciones Sanitarias, la difusión, implementación, el monitoreo y evaluación del plan de trabajo aprobado en el artículo precedente.
Artículo 3.- NOTIFICAR a la Dirección General, y Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Pública, la presente resolución para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.