Resolución Administrativa N.° 566-2025-OGRRHH-DIRIS-LC

14 de mayo de 2025

ARTÍCULO 1°.- RECONOCER la existencia de una relación laboral de MIRIAM NAZARIA PAREDES DELGADO, identificado con DNI N° 10657078, de los períodos establecidos en el décimo considerando de la sentencia de Vista, que laboró por distintos períodos, esto es desde el 24 de febrero al 31 de marzo de 1993, del 01 de julio a diciembre de 1993, del 01 de enero al 30 de junio de 1994, del 01 de octubre de 1994 al 30 de setiembre de 1995, del 01 de enero al 31 de agosto de 1996, del 01 de noviembre al 31 de diciembre de 1996, en el cargo de Enfermera, Nivel Enf-11, en el Centro de Salud de Surquillo de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, bajo el Régimen Laboral regulado por el Decreto Legislativo N° 276 y su Reglamento Decreto Supremo N° 005-90-PCM, como servidor público contratado y los pagos de los beneficios sociales consistentes en vacaciones, vacaciones truncas, escolaridad y aguinaldo, más el reconocimiento de los años de servicios por el período indicado, e intereses legales, montos a liquidar en ejecución de sentencia en cumplimiento del mandato judicial dispuesto en el Expediente Judicial N° 16326-2022-0-1801-JR-LA-75, del 2° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Sub Especialidad en lo Contencioso Administrativo Laboral de Lima.

ARTÍCULO 2°.- DISPONER a la Unidad Funcional de Compensaciones de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, efectúe la liquidación de los beneficios económicos que correspondan a la señora MIRIAM NAZARIA PAREDES DELGADO, conforme a la sentencia y específicamente por el período de reconocimiento laboral señalado en el artículo 1° de la presente resolución administrativa.

ARTÍCULO 3°.- NOTIFICAR la presente Resolución al señor MIRIAM NAZARIA PAREDES DELGADO y a las instancias correspondientes.

ARTÍCULO 4°.- REMITIR copia fedateada de la presente Resolución a la Procuraduría Pública del Ministerio de Salud, para su conocimiento y presentación ante el 2° Juzgado Especializado de Trabajo Transitorio Sub Especialidad en lo Contencioso Administrativo Laboral de Lima.

ARTÍCULO 5°.- DISPONER se publique la presente Resolución Administrativa en el Portal Institucional de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro
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