Resolución Administrativa N.° 374-2024-DMID-DIRIS-LC
13 de marzo de 2024
Art 1° .- Otorgar la Autorización Sanitaria de Funcionamiento solicitada por el establecimiento farmacéutico de clase BOTICA con nombre comercial MIRAMARFARMA con razón social BOTICA MANCO II E.I.R.L., representada por PAREDES VIDAL JIMMY SAMUEL, con número de RUC 20611400382, ubicada en Av. La Libertad Nro. 2950, Urb. Miramar en el distrito de San Miguel, con horario de funcionamiento de lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas; el cual realizará dispensación y expendio de productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios, no manejará drogas sujetas a presentación de balance (estupefacientes/psicotrópicos), y como Director Técnico la Q.F. CORTEZ AQUINO, MARUJA REVECA con C.Q.F.P. N° 30213 con horario de labor lunes a viernes de 08:00 a 13:00 horas; por lo expuesto en la parte considerativa. .
Art 2° .- Todo cambio o modificación en la autorización, así como los cierres deben ser autorizados por la Autoridad de Salud.
Art 3° .- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines consiguientes.
Art 4° .- Regístrese la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.
Art 4° .- Regístrese la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID