Resolución Administrativa N.° 358-2024-DMID-DIRIS-LC
8 de marzo de 2024
ARTICULO PRIMERO. - IMPONER SANCION DE MULTA ascendente al 50% de TRES (3) UNIDADES IMPOSITIVAS TRIBUTARIAS - UIT al establecimiento farmacéutico BOTICA ROHIT, propiedad de PALMA GUEVARA HITALA YOLANDA, con número de RUC 10477465299, ubicado en Av. Flores de Primavera Mz. R, Lote 1, Urb. San Hilarión, en el distrito de San Juan de Lurigancho, en condición de atenuantes, por los fundamentos expuestos en la presente resolución;
ARTICULO SEGUNDO. - Notificar al establecimiento BOTICA ROHIT; y señalar que, contra la presente resolución proceden los recursos administrativos señalados por Ley; asimismo, indicar que el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectué dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
ARTICULO TERCERO. - Dispóngase la publicación de la presente resolución en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro.
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