Resolución Administrativa N.° 223-2024-DMID-DIRIS-LC
14 de febrero de 2024
ARTICULO PRIMERO. - IMPONER LA SANCIÓN DE MULTA, equivalente a TRES (3) Unidades Impositivas tributarias (UIT), vigentes a la fecha en que se expide la presente resolución al establecimiento BOTICA ESTACION FARMA, razón social ESTACION FARMA S.A.C., representado legalmente por SANTOS CORDOVA ANGELLO JESUS, con número de RUC 20608576569, ubicada en Mz. A, Lote 32, Int. B, A.H. Jesús Oropeza Chonta (Av. San Martín N° 105, altura 10 Canto Grande), distrito de San Juan de Lurigancho; por los fundamentos expuestos en la presente presente resolución.
ARTICULO TERCERO. - Notificar al establecimiento BOTICA ESTACION FARMA; y señalar que, el pago de la multa será requerido una vez que la resolución que impone la sanción quede firme. El Administrado podrá acogerse al pago del 50% de la obligación siempre que lo efectúe dentro de los quince (15) días hábiles siguientes de notificada, conforme a lo dispuesto en el numeral 6.1.6 de la Directiva Administrativa N° 002-2019-DG-DIRIS-LC, a la cuenta bancaria del Banco de la Nación N° 00068372046 a nombre de la DIRIS Lima Centro.
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