Resolución Administrativa N.° 189-2024-DMID-DIRIS-LC
6 de febrero de 2024
Art. 1º.- Ratificarla medida de seguridad sanitaria de CIERRE TEMPORAL, del establecimiento con nombre comercial BOTICA FARMALINE, propied,1d de FABIAN MEDINA ALESSANDRO OMAR, con número de RUC 10769783577, ubicado en Av. Las Leyendas N° 222 Urb. Maranga Sta Etapa, Ref. U.1. 1, Piso ler, en el distrito de San Miguel.
Art. 2º.- Para la aplicación de la Medida de Seguridad Sanitaria, los inspectores colocaron el rótulo de CIERRE TEMPORAL, los cuales deberéÍn permanecer en el lugar que fueron colocados y únicamente podrán ser retirados hasta que la autoridad disponga el levantamiento de esta medida; por lo que, en caso de violarse estos rótulos, el administrado será pasible de ser denunciado por delito de desobediencia a la autoridad, sin perjuicio de aplicarse la sanción administrativa que corresponda.
Art. 3º.- La Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas a través de la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, constataréÍ la subsanación de las observaciones sanitarias existentes en el acta de Inspección por Verificación Nº 051-V-2024, mediélnte una nueva inspección, a fin de verificar el cumplimiento de la normatividad legal vigente. .
Art. 3º.- La Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas a través de la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, constataréÍ la subsanación de las observaciones sanitarias existentes en el acta de Inspección por Verificación Nº 051-V-2024, mediélnte una nueva inspección, a fin de verificar el cumplimiento de la normatividad legal vigente. .
Art. 4º.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y dispóngase su publicación en la página web institucional de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines pertinentes.
Art. 5º.- Póngase de conocimiento a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, para fines pertinentes.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID