Resolución Administrativa N.° 178-2024-DMID-DIRIS-LC
2 de febrero de 2024
Art. 1°.- Otorgar la Autorización Sanitaria de Funcionamiento solicitada por el establecimiento farmacéutico de clase FARMACIA con nombre comercial FARMABIO, con razón social GRUPO FARMABIO EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, representada por ESPINDOLA CACERES CAMILA MARITZA, con número de RUC 20610912584, ubicada en Calle Santa Jacinta Nro. 131, Urb. Pando Et Tres, en el distrito de Lima, con horario de funcionamiento de lunes a viernes de 18:30 a 24:00 horas y sábado de 12:30 a 24:00 horas, domingo de 07:30 a 24:00 horas; el cual realizará dispensación y expendio de productos farmacéuticos, dispositivos médicos, productos sanitarios y preparados farmacéuticos (Fórmulas magistrales y oficinales), no manejará drogas sujetas a presentación de balance (estupefacientes/psicotrópicos), y como Director Técnico a la Q.F. ESPINDOLA CACERES, CAMILA MARITZA con C.Q.F.P. N° 23077, con horario de labor de lunes a viernes de 18:30 a 24:00 horas y sábado de 12:30 a 24:00 horas, domingo de 07:30 a 24:00 horas; por lo expuesto en la parte considerativa.
Art. 2°.- Todo cambio o modificación en la autorización, así como los cierres deben ser autorizados por la Autoridad de Salud.
Art. 3°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines consiguientes.
Art. 4°.- Regístrese la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.
Art. 2°.- Todo cambio o modificación en la autorización, así como los cierres deben ser autorizados por la Autoridad de Salud.
Art. 3°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines consiguientes.
Art. 4°.- Regístrese la presente Resolución Administrativa en el Sistema de Información de la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas – SI – DIGEMID.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID