Resolución Administrativa N.° 134-2024-DMID-DIRIS-LC
29 de enero de 2024
Art. 1°.- Ratificar la Medida de Seguridad Sanitaria de CIERRE TEMPORAL, al establecimiento farmacéutico de clase BOTICA con nombre comercial BOTICA IAFARMA, propiedad de GONZALES AGUILAR MARIA NELCI, con número de RUC 10704577775, ubicado en Sv, Mz. V, Sub Lt 1A, P.J. Enrique Montenegro, en el distrito de San Juan de Lurigancho; hasta que subsane las observaciones consignadas en el acta.
Art. 2°.- Todos los establecimientos farmacéuticos comprendidos en el artículo 4° del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-SA, requieren de Autorización Sanitaria de Funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del mismo reglamento y en el artículo 21° de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. La autorización sanitaria es requisito indispensable para su funcionamiento, la misma que será otorgada por la Autoridad de Salud previa inspección.
Art. 3°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa y dispóngase su publicación en la página web de la institución de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines pertinentes.
Art. 4°.- Póngase de conocimiento a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines pertinentes.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID