Resolución Directoral N.° 239-2025-DG-DIRIS-LC
7 de mayo de 2025
Artículo 1.- DECLARAR LA NULIDAD de la Resolución Administrativa Nº 1810-2024- DSAIA/DIRIS-LC, de fecha 03 de julio de 2024, emitida por la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria de la DlRIS Lima Centro por carecer de unos de los requisitos de validez del acto administrativo, conforme los fundamentos expuestos en la presente resolución; de conformidad con lo establecido en el numeral 213.1 del artículo 213 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444.
Artículo 2.- REALIZAR LA FISCALIZACIÓN Y CONTROL a la empresa DESINFECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES E.I.R.L. (DESERGE E.I.R.L.), respecto a la inspección técnica aprobada mediante Resolución Administrativa Nº 038-2019-DESAIA/DIRIS-LC, de fecha 04 de enero de 2019.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la empresa DESINFECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES E.I.R.L. (DESERGE E.I.R.L.), en un plazo no mayor a cinco (05) días de conformidad con el artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; asimismo, respetando las modalidades de notificación y el orden de prelación establecido en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
Artículo 4.- COMUNICAR la presente resolución a la Dirección a la Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, y a la Oficina de Fiscalización y Control en Salud Ambiental de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro; asimismo, se deberá devolver el presente expediente a la precitada dirección para su custodia y fines correspondientes.
Artículo 5.- REMITIR copia de los presentes actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios (STPAD) de la DIRIS Lima Centro, para el deslinde de la responsabilidad administrativa que pueda pesar sobre el emisor del acto invalido.
Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Artículo 2.- REALIZAR LA FISCALIZACIÓN Y CONTROL a la empresa DESINFECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES E.I.R.L. (DESERGE E.I.R.L.), respecto a la inspección técnica aprobada mediante Resolución Administrativa Nº 038-2019-DESAIA/DIRIS-LC, de fecha 04 de enero de 2019.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la empresa DESINFECCIÓN Y SERVICIOS GENERALES E.I.R.L. (DESERGE E.I.R.L.), en un plazo no mayor a cinco (05) días de conformidad con el artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; asimismo, respetando las modalidades de notificación y el orden de prelación establecido en el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N°004-2019-JUS.
Artículo 4.- COMUNICAR la presente resolución a la Dirección a la Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, y a la Oficina de Fiscalización y Control en Salud Ambiental de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro; asimismo, se deberá devolver el presente expediente a la precitada dirección para su custodia y fines correspondientes.
Artículo 5.- REMITIR copia de los presentes actuados a la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios (STPAD) de la DIRIS Lima Centro, para el deslinde de la responsabilidad administrativa que pueda pesar sobre el emisor del acto invalido.
Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.