Resolución Directoral N.° 219-2025-DG-DIRIS-LC
5 de mayo de 2025
Artículo 1.- DECLARAR LA NULIDAD de la Resolución Administrativa Nº 2607-2024- DSAIA/DIRIS-LC, de fecha 02 de setiembre de 2024, emitida por la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria de la DIRIS Lima Centro por carecer de unos de los requisitos de validez del acto administrativo, conforme los fundamentos expuestos en la presente resolución; de conformidad con lo establecido en el numeral 213.1 del articulo 213 del Texto único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, Ley Nº 27444.
Artículo 2.- REALIZAR LA FISCALIZACIÓN Y CONTROL a la empresa CONSORCIO GEPPI S.A.C., respecto a la inspección técnica aprobada mediante Resolución Administrativa Nº 1395-2018-DESAIA/DIRIS-LC, de fecha 20 de noviembre de 2018.
Artículo 3.- NOTIACAR la presente resolución a la empresa CONSORClO GEPPI S.AC., en un plazo no mayor a cinco (05) días de conformidad con el artículo 24 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; asimismo, respetando las modalidades de notificación y el orden de prelación establecido en el artículo 20 del Texto único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº004-2019-JUS.
Artículo 4.- COMUNICAR la presente resolución a la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, y a la Oficina de Fiscalización y Control en Salud Ambiental de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro; asimismo, se deberá devolver el presente expediente a la precitada dirección para su custodia y fines correspondientes.
Artículo 5.- REMITIR copia de los presentes actuados a la Secretarla Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios (STPAD) de la DIRIS Lima Centro, para el deslinde de la responsabilidad administrativa que pueda pesar sobre el emisor del acto invalido.
Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Artículo 2.- REALIZAR LA FISCALIZACIÓN Y CONTROL a la empresa CONSORCIO GEPPI S.A.C., respecto a la inspección técnica aprobada mediante Resolución Administrativa Nº 1395-2018-DESAIA/DIRIS-LC, de fecha 20 de noviembre de 2018.
Artículo 3.- NOTIACAR la presente resolución a la empresa CONSORClO GEPPI S.AC., en un plazo no mayor a cinco (05) días de conformidad con el artículo 24 del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; asimismo, respetando las modalidades de notificación y el orden de prelación establecido en el artículo 20 del Texto único Ordenado de la Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo Nº004-2019-JUS.
Artículo 4.- COMUNICAR la presente resolución a la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, y a la Oficina de Fiscalización y Control en Salud Ambiental de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro; asimismo, se deberá devolver el presente expediente a la precitada dirección para su custodia y fines correspondientes.
Artículo 5.- REMITIR copia de los presentes actuados a la Secretarla Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios (STPAD) de la DIRIS Lima Centro, para el deslinde de la responsabilidad administrativa que pueda pesar sobre el emisor del acto invalido.
Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.