Resolución Administrativa N.° 718-2023-OGRRHH-DIRIS-LC
27 de junio de 2023
Artículo 1°.- AUTORIZAR el desplazamiento bajo la modalidad de permuta, a partir de la fecha de la presente resolución, en sus respectivos Grupos Ocupacionales y Niveles de Carrera, a los servidores de las Entidades Públicas.
Artículo 2°.- Los servidores permutados deberán permanecer en sus entidades de destino por un lapso de tres (3) años para acogerse a otra acción similar.
Artículo 3°.- Los servidores permutados conservarán su tiempo de servicios al Estado y continuarán gozando de sus remuneraciones, bonificaciones y beneficios en la nueva entidad, así como los descuentos y adeudos.
Artículo 4°.- Los servidores permutados deberán realizar las entregas de cargo correspondientes en sus centros de labores actuales antes de la materialización del desplazamiento.
Artículo 5°.- Las dependencias de origen y destino deberán remitir los legajos originales, así como el récord de licencias y permisos concedidos dentro del ciclo de los últimos 12 meses de los servidores beneficiados de la presente resolución a sus respectivas dependencias de destino.
Artículo 6°.- El desplazamiento, se materializará al momento en que los servidores se presenten a su centro de labores de destino, toda vez que se hayan cumplido con los artículos previos.
Esta norma pertenece al compendio Gestion de Recursos Humanos