Resolución Directoral N.° 207-2025-DG-DIRIS-LC

24 de abril de 2025

Artículo 1.- Declarar IMPROCEDENTE el recurso de apelación interpuesto por la IPRESS CENTRO DE REPRODUCCION ASISTIDA SAC (CERAS SAC), con RUC 20605859977, contra la Resolución Administrativa Nº 158-2025-DMGS-DIRIS-LC, por carecer de argumentación jurídica que sustente lo solicitado en fa impugnación, debiendo confirmarse el citado acto administrativo por los fundamentos expuestos en la presente resolución.

Artículo 2.- DAR por agotada fa vía administrativa, de conformidad con el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la IPRESS CENTRO DE REPRODUCCION ASISTIDA SAC (CERAS SAC), en un plazo no mayor a cinco (05) días de conformidad con el artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

Artículo 4.- COMUNICAR la presente resolución a la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria de la Dirección Redes Integradas de Salud Lima Centro, y DEVOLVER el expediente administrativo para su custodia y fines pertinentes.

Artículo 5.- DISPONER que la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria, con la asistencia de la Unidad Funcional de Autorizaciones y Categorizaciones de IPRESS (como unidad técnica especializada), curse oficio a SUSALUD comunicando el vació normativo para el presente caso, a fin procurar la emisión de un informe y/o pronunciamiento que pueda tener efecto vinculante respecto a la categorización de establecimientos de salud que brindan servicios de medicina reproductiva (asistida) humana y las Unidades Productoras de Servicios de Salud (UPSS) necesarias para dicho servicio.

Artículo 6.- DERIVAR copia de los presentes actuados a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios de la DIRIS Lima Centro, para el deslinde de responsabilidades administrativas que pueda pesar sobre los servidores que resulten responsables por la demora de 34 meses de atender la solicictud TUPA 175, presentada por la IPRESS CENTRO DE REPROUDCCIÓN ASISTIDA SAC; debido a que el plazo legal es de 15 días.

Artículo 7.- DISPONER la difusión del acto resolutivo en el Portal Web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.

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RD N°207-2025-DG-DIRIS-LC

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