Resolución Directoral N.° 200-2025-DG-DIRIS-LC
24 de abril de 2025
Artículo 1.- DECLARAR LA NULIDAD de la Resolución Administrativa Nº 0002-2023-DSAIA/DIRIS-LC, de fecha 5 de diciembre de 2023, conforme a lo expuesto en los considerandos de la presente resolución.
Artículo 2.- REALIZAR LA FISCALIZACIÓN Y CONTROL a la empresa SERVICIO DE REPRESENTACIONES, CONSIGNACIONES Y LIMPIEZA MEGA INTEGRAL S.A.C., respecto a la inspección técnica aprobada mediante Resolución Administrativa N° 354-2019-DESAIA-DIRIS-LC, de fecha 20 de febrero de 2019.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la empresa SERVICIO DE REPRESENTACIONES CONSIGNACIONES Y LIMPIEZA MEGA INTEGRAL S.A.C., en un plazo no mayor a cinco (05) días de conformidad con el artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; asimismo, respetando las modalidades de notificación y el orden de prelación establecido en el artículo 20 del TUO de la LPAG.
Artículo 4.- COMUNICAR la presente resolución a la Oficina de Fiscalización y Control en Salud Ambiental y a la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la Dirección Redes Integradas de Salud Lima Centro; asimismo, se deberá devolver el presente expediente a la precitada dirección para su custodia y fines correspondientes.
Artículo 5.- DERIVAR copia de los presentes actuados a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios (STPAD) de la DIRIS Lima Centro, para el deslinde de responsabilidad administrativa que pueda pesar sobre el emisor del acto invalido.
Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Artículo 2.- REALIZAR LA FISCALIZACIÓN Y CONTROL a la empresa SERVICIO DE REPRESENTACIONES, CONSIGNACIONES Y LIMPIEZA MEGA INTEGRAL S.A.C., respecto a la inspección técnica aprobada mediante Resolución Administrativa N° 354-2019-DESAIA-DIRIS-LC, de fecha 20 de febrero de 2019.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución a la empresa SERVICIO DE REPRESENTACIONES CONSIGNACIONES Y LIMPIEZA MEGA INTEGRAL S.A.C., en un plazo no mayor a cinco (05) días de conformidad con el artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General; asimismo, respetando las modalidades de notificación y el orden de prelación establecido en el artículo 20 del TUO de la LPAG.
Artículo 4.- COMUNICAR la presente resolución a la Oficina de Fiscalización y Control en Salud Ambiental y a la Dirección de Salud Ambiental e Inocuidad Alimentaria, de la Dirección Redes Integradas de Salud Lima Centro; asimismo, se deberá devolver el presente expediente a la precitada dirección para su custodia y fines correspondientes.
Artículo 5.- DERIVAR copia de los presentes actuados a la Secretaria Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios (STPAD) de la DIRIS Lima Centro, para el deslinde de responsabilidad administrativa que pueda pesar sobre el emisor del acto invalido.
Artículo 6.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.