Resolución Administrativa N.° 348-2025-DMGS-DIRIS-LC
4 de abril de 2025
Artículo 1.- APROBAR, “PLAN DE TRABAJO DE LA OFICINA DE MONITOREO Y SUPERVISIÓN, PARA EL AÑO 2025”, el cual consta de ocho (08) numerales, que incluye un (01) anexo, en un total quince (15)
páginas, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución, siendo financiado con cargo al Presupuesto Institucional asignado al Centro de Costos: Oficina de Monitoreo y Supervisión, en la Fuente de
Financiamiento: Recursos Ordinarios, Meta 202, por el importe de S/. 26,000.00 soles (Veintiséis mil 00/100 soles) acorde a la opinión técnica de la Oficina de Presupuesto Público emitido en el Informe Técnico N* 034-2025-
OPP-DIRIS-LC de fecha 3 de marzo de 2025, supeditado a la disponibilidad presupuestal correspondiente.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria a través de la Oficina de Monitoreo y Supervisión, la difusión, implementación, el monitoreo y evaluación del plan de trabajo aprobado en el
artículo precedente.
Artículo 3.- NOTIFICAR a la Dirección General, y Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Pública, la presente resolución para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de
Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
páginas, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución, siendo financiado con cargo al Presupuesto Institucional asignado al Centro de Costos: Oficina de Monitoreo y Supervisión, en la Fuente de
Financiamiento: Recursos Ordinarios, Meta 202, por el importe de S/. 26,000.00 soles (Veintiséis mil 00/100 soles) acorde a la opinión técnica de la Oficina de Presupuesto Público emitido en el Informe Técnico N* 034-2025-
OPP-DIRIS-LC de fecha 3 de marzo de 2025, supeditado a la disponibilidad presupuestal correspondiente.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria a través de la Oficina de Monitoreo y Supervisión, la difusión, implementación, el monitoreo y evaluación del plan de trabajo aprobado en el
artículo precedente.
Artículo 3.- NOTIFICAR a la Dirección General, y Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Pública, la presente resolución para su conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de
Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones - Direccion de Monitoreo