Resolución Administrativa N.° 105-2024-DMID-DIRIS-LC

19 de enero de 2024

Art.1º.- Ratificar la Medida de Seguridad Sanitaria de CIERRE TEMPORAL, del establecimiento con nombre comercial BOTICA SAN MARTIN, propiedad de ANTHONY MARLO ROBLADILLO HUARACA, con número de RUC 10730185591, ubicado en Av. Canto Rey Mz. C. Lt. 17 A - 1era Etapa, en el distrito de San Juan de Lurigancho.

Art.2°.- Todos los establecimientos farmacéuticos comprendidos en el artículo 4º del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo N° 014-2011-SA, requieren de Autorización Sanitaria de Funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del mismo reglamento y en el artículo 21 º de la Ley N° 29459, Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. La autorización sanitaria es requisito indispensable para su funcionamiento, la misma que será otorgada por la Autoridad de Salud previa inspección.

Art.3°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y dispóngase su publicación en la página web Institucional de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines pertinentes.

Art.4°.- Póngase de conocimiento a la Oficina de Fiscalización, Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos de la DIRIS Lima Centro, para fines pertinentes.

Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID

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