Resolución Administrativa N.° 058-2024-DMID-DIRIS-LC
15 de enero de 2024
Art.1º.- Ratificar la Medida de Seguridad Sanitaria de CIERRE TEMPORAL, al establecimiento de con nombre comercial BOTICA JAIMES, propiedad de JUAN C. JAIMES VILLAORDUÑA, con número de RUC N° 10486029965, ubicado en Av. Héroes del Cenepa Mza. G2, Lote 1, Puesto 17 del AA.HH. Santa María en el distrito de San Juan de Lurigancho.
Art.2°.- Todos los establecimientos farmacéuticos comprendidos en el artículo 4º del Reglamento de Establecimientos Farmacéuticos aprobado por Decreto Supremo Nº 014-2011-SA, requieren de Autorización Sanitaria de Funcionamiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 17° del mismo reglamento y en el artículo 21 º de la Ley Nº 29459, Ley de los productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios. La autorización sanitaria es requisito indispensable para su funcionamiento, la misma que será otorgada por la Autoridad de Salud previa inspección.
Art.3°.- Notifíquese la presente Resolución Administrativa al interesado y dispóngase su publicación en la página web Institucional de la DIRIS Lima Centro, para su conocimiento y fines consiguientes.
Art.4°.- Póngase de conocimiento a la Oficina de Fiscalización; Control y Vigilancia Sanitaria de Establecimientos Farmacéuticos y no Farmacéuticos, para su conocimiento y fines pertinentes.
Esta norma pertenece al compendio Resoluciones Administrativas - DMID