Resolución Directoral N.° 393-2023-DG-DIRIS-LC

3 de julio de 2023

Artículo 1.- Declarar INFUNDADO el recurso de apelación interpuesto por la señora Rosaura Felipa Aquino Sánchez Vda. de Díaz, con fecha 2 de mayo de 2023, contra la Resolución Administrativa N° 356-2023-OGRRHH-DIRIS, en mérito a que el Decreto Supremo Extraordinario N° 043-PCM-93 precisó que el incremento otorgado por el Decreto Ley N° 25981 equivalente al 10% de la parte de su haber mensual del mes de enero de 1993 que esté afecto a la contribución al FONAVI, no comprendía a los organismos del Sector Público que financian sus planillas con cargo a la fuente del Tesoro Público y porque posteriormente dicho beneficio fue eliminado con la derogación del precitado Decreto Ley, mediante la Ley N° 26233, que según lo expuesto en su única disposición complementaria mantuvo el beneficio otorgado únicamente a quienes obtuvieron el incremento de sus remuneraciones conferido por el Decreto Ley N° 25981 a partir del 1 de enero de 1993, debiendo en tal sentido confirmarse la decisión contenida en la Resolución Administrativa N° 356-2023-OGRRHH-DIRIS, de fecha 17 de abril de 2023.

Artículo 2.- Dar por agotada la vía administrativa, de conformidad con el artículo 228 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

Artículo 3.- Notificar la presente resolución a la señora Rosaura Felipa Aquino Sánchez Vda. de Díaz, en un plazo no mayor a cinco (5) días de conformidad con el artículo 24 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley de Procedimiento Administrativo General.

Artículo 4.- Comunicar el presente acto resolutivo a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, para los fines pertinentes.
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RD N° 393-2023-DG-DIRIS-LC

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