Resolución Administrativa N.° 074-2021-DA-DIRIS-LC
14 de junio de 2021
ARTICULO 1º.- Autorizar la Incorporación y Modificación de la Directiva Administrativa N°001-2021-DEA-OC-DIRIS LC "PROCEDIMIENTO PARA LA ADMINISTRACION DEL FONDO FIJO PARA CAHA CHICA EN LA DIRECCION DE REDES INTEGRADAS DE SALUD LIMA CENTRO," para la atención de los gastos, urgentes no programables, y de rápida cancelación;
ARTICULO 2º.- Incorporar el literal del punto 7 de la Directiva Disposiciones Específicas, 7.1. Ejecución de Caja Chica 7.1.12 Se realizaran compras de algunos activos fijos (bienes de capital) en atención al Decreto de Urgencia N°044-2020 la cual declara Estado de Emergencia Nacional por las graves circunstancias que afectan la vida de la Nación a consecuencia del brote del COVID-19, 1 los mencionados activos no deben exceder el valor total máximo del 20% de la UIT debidamente justificados y autorizado por el jefe inmediato y el Director Ejecutivo de la Dirección Administración en cumplimiento a la directiva Nacional de Tesorería N°001-2007-EF/77.5
ARTICULO 3º.- Modificar las Restricciones: compra de a) Gasolina, petróleo y lubricantes b) Gas doméstico y/o kerosene siempre que no existan orientados a labores asistenciales Operativos c) Gastos por pago de SOAT d) Gastos por revisiones Técnicas vehiculares e) Pago de Honorarios profesionales f) Otras prohibiciones que establezca el gobierno, en el marco de las disposiciones de disciplina, racionalidad y austeridad.
ARTICULO 3º.- Modificar las Restricciones: compra de a) Gasolina, petróleo y lubricantes b) Gas doméstico y/o kerosene siempre que no existan orientados a labores asistenciales Operativos c) Gastos por pago de SOAT d) Gastos por revisiones Técnicas vehiculares e) Pago de Honorarios profesionales f) Otras prohibiciones que establezca el gobierno, en el marco de las disposiciones de disciplina, racionalidad y austeridad.
Los literales a) en lo respecta a lubricantes, petróleo; c) y d), pueden excepcionalmente ser exceptuados solo en los casos que estén debidamente justificados y autorizado por el jefe inmediato y Director Ejecutivo de la Dirección de Administración.
ARTICULO 4º.- El Incumplimiento a las disposiciones de la presente Resolución, generará sanciones correspondientes de acuerdo a la Normatividad Vigente.
ARTICULO 5º.- Disponer que el Responsable del Portal de Transparencia publique la presente Resolución en la página web de la Institución.