Resolución Administrativa N.° 982-2024-OGRRHH-DIRIS-LC
29 de agosto de 2024
ARTÍCULO 1º.- IMPONERLE SANCIÓN DE AMONESTACION ESCRITA al servidor Pablo Samuel CÓRDOVA TICSE, acogiendo la recomendación efectuada por el Órgano Instructor del PAD, por haber cometido la infracción disciplinaria establecida y descrita en los considerandos de la presente resolución al haberse acreditado su comisión;
ARTÍCULO 2º.- EL SANCIONADO, podrá ejercer su derecho de interponer los medios impugnatorios, mediante recurso de reconsideración o apelación teniendo como plazo perentorio. En caso de interponer recurso de reconsideración, lo deberá realizar ante el mismo órgano que dicto el primer acto que es materia de impugnación, siendo en el presente caso ante el órgano sancionador, recurso que deberá sustentarse en nueva prueba.
ARTÍCULO 3º.- DISPONER, que la Oficina de Gestión de Recursos Humanos haga efectivo, lo dispuesto en la presente resolución, a fin de que se cumpla con su ejecución;
ARTÍCULO 4º.- NOTIFICAR, al servidor sancionado la presente Resolución, de conformidad con el régimen establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS, 1 dentro del término de cinco (05) días de emitida, para los fines de ley.;
ARTÍCULO 5º.- REMITIR el presente expediente a la Secretaría Técnica de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Entidad, ejecutado que sea lo dispuesto en la presente Resolución, para su respectiva custodia, conforme a lo establecido en la normativa de la materia;
ARTÍCULO 5º.- REMITIR el presente expediente a la Secretaría Técnica de Procesos Administrativos y Disciplinarios de la Entidad, ejecutado que sea lo dispuesto en la presente Resolución, para su respectiva custodia, conforme a lo establecido en la normativa de la materia;
Esta norma pertenece al compendio Gestion de Recursos Humanos