Resolución Administrativa N.° 001-2021-DA-DIRIS-LC

20 de enero de 2021

ARTICULO 1°.- Autorizar la Apertura para el manejo del Fondo Fijo de Caja Chica para el Ejercicio Fiscal Presupuestal Año 2021, con fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudado, para la SEDE ADMINISTRATIVA, de la Unidad Ejecutora 1683 Dirección de Redes Integradas de Salud de Lima Centro, cuya función será atender los gastos menudos y urgentes no programables, de cancelación inmediata, que demanden las actividades propias de la Sede Administrativa.

ARTICULO 2°.- El manejo operativo del Fondo Fijo para Caja Chica que autoriza la presente Resolución estará a cargo del:

Sr. Ruben Alfredo Ayala Ninaquispe, personal nombrado con el cargo de Técnico Administrativo I, Nivel STD (Titular)

Sr. Omar Lenin Arce Mallqui, personal nombrado con el cargo de Técnico Administrativo I, Nivel STD (Suplente)

ARTICULO 3°.- El Control y Supervisión del Fondo Fijo para Caja Chica que autoriza la presente Resolución estará a cargo de la Jefatura de la Oficina de Tesorería, Jefatura de la Oficina de Contabilidad y del Director Ejecutivo de la Administración o quien haga sus veces:

ARTICULO 4°.- El Fondo Fijo para Caja Chica que se autoriza por la presente Resolución, tiene carácter fijo, renovable y su movimiento se regirá por las disposiciones legales de conformidad con lo reglamentado por las normas generales de Tesorería N° 06,07 y 08, el reembolso se efectuará necesariamente a la presentación de la Rendición de cuenta documentada total o parcial (70%), siendo el monto máximo de cada comprobante de pago del 10% de la UIT: (S/. 420.00), excepcionalmente y con autorización expresa de la Dirección Ejecutiva de Administración, se podría ejecutar gastos hasta por un 20% de la UIT, previo informe del usuario y V°B° de la Oficina de Tesorería y de la Oficina de Contabilidad.

ARTICULO 5°.- Los gastos que se generan con cargo a este fondo deberán efectuarse de acuerdo a las siguientes especificaciones del clasificador del Gasto Publico.

ARTICULO 6°.- El incumplimiento a las disposiciones de la presente Resolución, generará sanciones correspondientes de acuerdo a la Normatividad Vigente.
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RA N° 001-2021-DA-DIRIS-LC

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