Resolución Administrativa N.° 224-2025-OGRRHH-DIRIS-LC
18 de febrero de 2025
Artículo 1°. - RECTIFICAR la Resolución Administrativa N° 1428-2022-OGRRHH-DIRIS-LC, del 14 de diciembre 2022, en los extremos del décimo párrafo del Considerando y el artículo 2º de la parte resolutiva, como consecuencia de la enmienda de la Resolucion N° 0000005428-2022-ONP/DPR.GD/DL 20530, del 28 de octubre 2022, en conformidad a la Resolucion N" 0000000661-2025-ONP/DPR.GD/DL 20530, dispuesto por la Oficina de Normalización Previsional -ONP, que concierne al cálculo de los intereses legales del devengado de la pension definitiva de cesantía de doña Sandra Liliana Florida BUSTAMANTE MANNUCCI; en la que:
DICE:
Parte Considerando: Párrafo decimo:
"Que, en el Artículo 2°de la Resolución N° 0000005428-2022-ONP/DPR.GD/DL 20530, indica a la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, proceda a efectuar el pago de las pensiones devengadas por la suma de S/. 11,755.29, la misma que debe ser actualizada hasta el mes anterior al primer abono, monto que al que debe descontarse la suma abonada por concepto de pensión provisional en caso de corresponder, así como los intereses legales por la suma de S/. 145.43, suma que deberá ser actualizada hasta la fecha de cancelación de los devengados, con los descuentos que correspondan."
Parte Resolutiva:
"Artículo 2º. - Asimismo, le corresponde percibir el pago de las pensiones devengadas desde el 25 de marzo de 2021 al 30 de setiembre de 2022, por el monto de S/. 11,285.08 (ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 08/100 SOLES) más los intereses legales S/. 145.43 (CIENTO CUARENTA Y CINCO CON 43/100 SOLES), liquidación deducida por la Oficina de Normalización Previsional, igualmente le corresponde percibir la pensión devengada por el monto de S/. 1,238.36 (MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 36/100 SOLES) y los intereses legales de S/. 56.56 (CINCUENTA Y SEIS CON 56/100 SOLES), liquidación actualizada desde el 01 de octubre al 30 de noviembre del 2022."
DEBE DECIR
Parte Considerando: Párrafo decimo:
"Que, en el Artículo 22 de la Resolución N° 0000005428-2022-ONP/DPR.GD/DL 20530, indica a la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, proceda a efectuar el pago de las pensiones devengadas por la suma de S/. 11,755.29, la misma que debe ser actualizada hasta el mes anterior al primer abono, monto que al que debe descontarse la suma abonada por concepto de pensión provisional en caso de corresponder, así como los intereses legales por la suma de S/. 148.44, suma que deberá ser actualizada hasta la fecha de cancelación de los devengados, con los descuentos que orrespondan."
Parte Resolutiva
"Artículo 2º. - Asimismo, le corresponde percibir el pago de las pensiones devengadas desde el 25 de marzo de 2021 al 30 de setiembre de 2022, por el monto de S/. 11,285.08 (ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 08/100 SOLES) más los intereses legales S/. 148.44 (CIENTO CUARENTA Y OCHO CON 44/100 SOLES), liquidación deducida por la Oficina de Normalización Previsiona!, igualmente le corresponde percibir la pensión devengada por el monto de S/. 1,238.36 (MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 36/100 SOLES) y los intereses legales de S/. 56.56 (CINCUENTA Y SEIS CON 56/100 SOLES), liquidación actualizada desde el 01 de octubre al 30 de noviembre del 2022."
Artículo 2°.- Reconocer y otorgar por única vez el reintegro de S/ 3.01 (Tres con 01/100 soles), resultado de la diferencia del cálculo de los intereses legales reconocidos en la Resolucion N° 0000005428-2022-0NP/DPR.GD/DL 20530 y la Resolucion Nº 661-2025-ONP/DPR.GD/DL 20530.
Artículo 3º.- La Coordinación de la Unidad Funcional de Gestión de la Compensación de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, queda a cargo de aplicar la presente resolución.
Artículo 4°.- Disponer que el egreso que origine la presente Resolución se afectará a la Meta, Función, Programa, sub-Programa, Actividad, cadena de Gastos correspondientes.
Artículo 5°.- Remitir la presente Resolución a la Oficina de Normalización Previsional - ONP, en cumplimiento de la Resolución Jefatural N°150-2021-ONP/J, para su conocimiento y demás fines.
DICE:
Parte Considerando: Párrafo decimo:
"Que, en el Artículo 2°de la Resolución N° 0000005428-2022-ONP/DPR.GD/DL 20530, indica a la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, proceda a efectuar el pago de las pensiones devengadas por la suma de S/. 11,755.29, la misma que debe ser actualizada hasta el mes anterior al primer abono, monto que al que debe descontarse la suma abonada por concepto de pensión provisional en caso de corresponder, así como los intereses legales por la suma de S/. 145.43, suma que deberá ser actualizada hasta la fecha de cancelación de los devengados, con los descuentos que correspondan."
Parte Resolutiva:
"Artículo 2º. - Asimismo, le corresponde percibir el pago de las pensiones devengadas desde el 25 de marzo de 2021 al 30 de setiembre de 2022, por el monto de S/. 11,285.08 (ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 08/100 SOLES) más los intereses legales S/. 145.43 (CIENTO CUARENTA Y CINCO CON 43/100 SOLES), liquidación deducida por la Oficina de Normalización Previsional, igualmente le corresponde percibir la pensión devengada por el monto de S/. 1,238.36 (MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 36/100 SOLES) y los intereses legales de S/. 56.56 (CINCUENTA Y SEIS CON 56/100 SOLES), liquidación actualizada desde el 01 de octubre al 30 de noviembre del 2022."
DEBE DECIR
Parte Considerando: Párrafo decimo:
"Que, en el Artículo 22 de la Resolución N° 0000005428-2022-ONP/DPR.GD/DL 20530, indica a la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, proceda a efectuar el pago de las pensiones devengadas por la suma de S/. 11,755.29, la misma que debe ser actualizada hasta el mes anterior al primer abono, monto que al que debe descontarse la suma abonada por concepto de pensión provisional en caso de corresponder, así como los intereses legales por la suma de S/. 148.44, suma que deberá ser actualizada hasta la fecha de cancelación de los devengados, con los descuentos que orrespondan."
Parte Resolutiva
"Artículo 2º. - Asimismo, le corresponde percibir el pago de las pensiones devengadas desde el 25 de marzo de 2021 al 30 de setiembre de 2022, por el monto de S/. 11,285.08 (ONCE MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y CINCO CON 08/100 SOLES) más los intereses legales S/. 148.44 (CIENTO CUARENTA Y OCHO CON 44/100 SOLES), liquidación deducida por la Oficina de Normalización Previsiona!, igualmente le corresponde percibir la pensión devengada por el monto de S/. 1,238.36 (MIL DOSCIENTOS TREINTA Y OCHO CON 36/100 SOLES) y los intereses legales de S/. 56.56 (CINCUENTA Y SEIS CON 56/100 SOLES), liquidación actualizada desde el 01 de octubre al 30 de noviembre del 2022."
Artículo 2°.- Reconocer y otorgar por única vez el reintegro de S/ 3.01 (Tres con 01/100 soles), resultado de la diferencia del cálculo de los intereses legales reconocidos en la Resolucion N° 0000005428-2022-0NP/DPR.GD/DL 20530 y la Resolucion Nº 661-2025-ONP/DPR.GD/DL 20530.
Artículo 3º.- La Coordinación de la Unidad Funcional de Gestión de la Compensación de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, queda a cargo de aplicar la presente resolución.
Artículo 4°.- Disponer que el egreso que origine la presente Resolución se afectará a la Meta, Función, Programa, sub-Programa, Actividad, cadena de Gastos correspondientes.
Artículo 5°.- Remitir la presente Resolución a la Oficina de Normalización Previsional - ONP, en cumplimiento de la Resolución Jefatural N°150-2021-ONP/J, para su conocimiento y demás fines.