Resolución Directoral N.° 089-2025-DG-DIRIS-LC
24 de febrero de 2025
Artículo 1.- Aprobar la Cartera de Servicios de Salud del Centro de Salud Jaime Zubieta Calderón, 2025 de Categoría I-3 conforme a los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Disponer que la Cartera de Servicios de Salud del Centro de Salud Jaime Zubieta Calderón, 2025 de Categoría I-3, aprobada por el presente acto resolutivo tenga vigencia de un (1) año. Indicándose que en caso varíen sus prestaciones, el representante del establecimiento de salud deberá solicitar dentro del plazo máximo de (30) días calendario de ocurrido el hecho, la actualización de su cartera de servicios de salud.
Artículo 3.- Disponer, que el Centro de Salud Jaime Zubieta Calderón, 2025 de Categoría I-3, publique su Cartera de Servicios de Salud aprobada, en un lugar visible para que sea de fácil comprensión por parte de los usuarios.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución al Centro de Salud Jaime Zubieta Calderón de Categoría I-3 y a los estamentos correspondientes, para los fines pertinentes.
Artículo 5.- Comunicar a la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud la presente resolución para su conocimiento.
Artículo 6.- Disponer la difusión de la presente resolución y sus anexos en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Artículo 2.- Disponer que la Cartera de Servicios de Salud del Centro de Salud Jaime Zubieta Calderón, 2025 de Categoría I-3, aprobada por el presente acto resolutivo tenga vigencia de un (1) año. Indicándose que en caso varíen sus prestaciones, el representante del establecimiento de salud deberá solicitar dentro del plazo máximo de (30) días calendario de ocurrido el hecho, la actualización de su cartera de servicios de salud.
Artículo 3.- Disponer, que el Centro de Salud Jaime Zubieta Calderón, 2025 de Categoría I-3, publique su Cartera de Servicios de Salud aprobada, en un lugar visible para que sea de fácil comprensión por parte de los usuarios.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución al Centro de Salud Jaime Zubieta Calderón de Categoría I-3 y a los estamentos correspondientes, para los fines pertinentes.
Artículo 5.- Comunicar a la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud la presente resolución para su conocimiento.
Artículo 6.- Disponer la difusión de la presente resolución y sus anexos en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.