Resolución Directoral N.° 075-2020-DG-DIRIS-LC
10 de febrero de 2020
Artículo 1.- Aprobar la Cartera de Servicios de Salud del Centro de Salud Lince, Categoría I-3, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2.- Disponer que la CARTERA DE SERVICIOS DE SALUD aprobada tenga vigencia de un (01) año. En caso varíen sus prestaciones, el representante del establecimiento de salud debe solicitar dentro del plazo máximo de (30) días calendario de ocurrido el hecho, la actualización de su cartera de servicios de salud.
Artículo 3.- Disponer, que la IPRESS Centro de Salud Lince, publique su CARTERA DE SERVICIOS DE SALUD aprobada, en lugar visible a los usuarios, adecuándola, para que sea de fácil comprensión por parte de los usuarios.
Artículo 4.- Notificar a la IPRESS y a los estamentos correspondientes, para los fines pertinentes.
Artículo 5.- Comunicar a la Dirección General de Operaciones en Salud la presente resolución para su conocimiento.
Artículo 6.- Disponer la difusión de la presente resolución en el portal de Transparencia de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Artículo 7.- Notifíquese a los interesados en el modo y forma a ley.
Esta norma pertenece al compendio POI (Plan Operativo Institucional)