Resolución Directoral N.° 1035-2024-DG-DIRIS-LC
4 de noviembre de 2024
Artículo 1.- Aprobar la la Cartera de Servicios de Salud del Centro de Salud Enrique
Montenegro, 2024 de Categoría I-3 conforme a los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la
presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Disponer que la Cartera de Servicios de Salud del Centro de Salud Enrique
Montenegro, 2024 de Categoría |-3, aprobada por el presente acto resolutivo tenga vigencia de un
(1) año. Indicándose que en caso varíen sus prestaciones, el representante cel establecimiento de
salud deberá solicitar dentro del plazo máximo de (30) días calendario de ocurrido el hecho, la
actualización de su cartera de servicios de salud.
Artículo 3.- Disponer, que el Centro de Salud Enrique Montenegro de Categoría I-3,
publique su Cartera de Servicios de Salud aprobada, en un lugar visible para que sea de fácil
comprensión por parte de los usuarios.
Artículo 4,- Notificar la presente resolución al Centro de Salud Enrique Montenegro de
Categoría |-3 y a los estamentos correspondientes, para los fines pertinentes.
Artículo 5.- Comunicar a la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de
Salud la presente resolución para su conocimiento.
Artículo 6.- Disponer la difusión de la presente resolución y sus anexos en el portal web
de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Montenegro, 2024 de Categoría I-3 conforme a los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la
presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Disponer que la Cartera de Servicios de Salud del Centro de Salud Enrique
Montenegro, 2024 de Categoría |-3, aprobada por el presente acto resolutivo tenga vigencia de un
(1) año. Indicándose que en caso varíen sus prestaciones, el representante cel establecimiento de
salud deberá solicitar dentro del plazo máximo de (30) días calendario de ocurrido el hecho, la
actualización de su cartera de servicios de salud.
Artículo 3.- Disponer, que el Centro de Salud Enrique Montenegro de Categoría I-3,
publique su Cartera de Servicios de Salud aprobada, en un lugar visible para que sea de fácil
comprensión por parte de los usuarios.
Artículo 4,- Notificar la presente resolución al Centro de Salud Enrique Montenegro de
Categoría |-3 y a los estamentos correspondientes, para los fines pertinentes.
Artículo 5.- Comunicar a la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de
Salud la presente resolución para su conocimiento.
Artículo 6.- Disponer la difusión de la presente resolución y sus anexos en el portal web
de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.