Resolución Directoral N.° 938-2024-DG-DIRIS-LC
7 de octubre de 2024
Artículo 1.- Aprobar la Cartera de Servicios de Salud actualizada del Centro de Salud
Conde de la Vega Baja, categoria |-3 conforme a los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la
presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Disponer que la Cartera de Servicios de Salud del Centro de Salud Conde de
la Vega Baja aprobada por el presente acto resolutivo tenga vigencia de un (1) año. Indicándose que
en caso varíen sus prestaciones, el representante del establecimiento de salud deberá solicitar dentro del plazo máximo de (30) días calendario de ocurrido el hecho, la actualización de su cartera de servicios de salud.
Artículo 3.- Disponer, que el Centro de Salud Conde la Vega Baja, categoría I-3 publique
su Cartera de Servicios de Salud aprobada, en un lugar visible para que sea de fácil comprensión por
parte de los usuarios.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución al Centro de Salud Conde de la Vega Baja,
categoría |-3 y a los estamentos correspondientes, para los fines pertinentes.
Artículo 5.- Comunicar a la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de
Salud la presente resolución para su conocimiento. ,
Artículo 6.- Disponer la difusión de la presente resolución y sus anexos en el portal web de
la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Conde de la Vega Baja, categoria |-3 conforme a los Anexos 1 y 2 que forman parte integrante de la
presente Resolución Directoral.
Artículo 2.- Disponer que la Cartera de Servicios de Salud del Centro de Salud Conde de
la Vega Baja aprobada por el presente acto resolutivo tenga vigencia de un (1) año. Indicándose que
en caso varíen sus prestaciones, el representante del establecimiento de salud deberá solicitar dentro del plazo máximo de (30) días calendario de ocurrido el hecho, la actualización de su cartera de servicios de salud.
Artículo 3.- Disponer, que el Centro de Salud Conde la Vega Baja, categoría I-3 publique
su Cartera de Servicios de Salud aprobada, en un lugar visible para que sea de fácil comprensión por
parte de los usuarios.
Artículo 4.- Notificar la presente resolución al Centro de Salud Conde de la Vega Baja,
categoría |-3 y a los estamentos correspondientes, para los fines pertinentes.
Artículo 5.- Comunicar a la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de
Salud la presente resolución para su conocimiento. ,
Artículo 6.- Disponer la difusión de la presente resolución y sus anexos en el portal web de
la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.