Resolución Directoral N.° 390-2024-DG-DIRIS-LC
31 de mayo de 2024
Artículo 1°.. RATIFICAR a los miembros del Grupo de Trabajo frente al Cambio Climático de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro (GTCC DIRIS LC), conforme al siguiente detalle Cada miembro del GTCC DIRIS LC debe contar con un/a representante alterno/a, que es designado mediante documento dirigido a la Secretaría Técnica, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente de notificada la presente resolución, quienes asumirán la representación del titular en su ausencia. Los miembros del GTCC DIRIS LC ejercen sus funciones ad honorem
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Artículo 2- FUNCIONES DEL GRUPO DE TRABAJO EI GTCC DIRIS LC tiene las siguientes funciones:
- Articular y coordinar la implementación de la gestión de riesgos climáticos dentro de los mecanismos institucionales. Monitorear la implementación de las medidas de adaptación y mitigación en salud frente al cambio climático.
- Evaluar y actualizar, en caso corresponda y de acuerdo a la evidencia técnica y/o cientifica, las medidas, indicadores y metas de adaptación y mitigación en salud frente al cambio climático. - Proponer estrategias de mejora continua, a fin de optimizar la implementación de las medidas de mitigación y adaptación en salud frente al cambio climático.
- Elaborar y presentar a la DIRIS LC el informe final del Grupo de Trabajo sobre las acciones realizadas para la implementación de las medidas de mitigación y adaptación en salud frente al cambio
Artículo ..- SECRETARIA TÉCNICA EI GTCC DIRIS LC cuenta con una Secretaría Técnica ejercida por el Jefe (a) de la Oficina de Gestión de Riesgos y Desastres, cuyo objeto es brindar apoyo técnico y administrativo al Grupo de Trabajo
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Artículo 4°. - INSTALACIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO El GTCC DIRIS LC deberá tener reuniones de trabajo continuas durante su vigencia, debiendo la Secretaría Técnica convocar una reunión de planificación, agenda y trabajo en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de notificada la presente resolución a los miembros, o en su defecto, de publicada la presente resolución en el portal web institucional
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Artículo 5° COLABORACIÓN, ASESORAMIENTO Y APOYO El GTCC DIRIS LC podrá solicitar la colaboración, asesoramiento, opinión o aporte técnico de los órganos de la DIRIS LC y entidades del Sector Salud, para el cumplimiento de su objeto
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Artículo 6. La renovar la vigencia del GTCC DIRIS LC, será de hasta el 31 de diciembre de 2025 contados a partir de la fecha de emisión de la presente resolución, de acuerdo a las actividades del "Plan de Trabajo Multianual 2023 2025: Hoja de Ruta para la Implementación de las medidas de adaptación frente al cambio climático de la DIRIS Lima Centro", aprobado por Resolución Directoral N° 670-2023-DG-DIRIS-LC.
Artículo 7°. - El ejercicio de las funciones del GTCC DIRIS LC se financia con cargo al presupuesto institucional de la DIRIS LC, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cada órgano, oficina y/o unidad funcional, asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes.
Artículo 8°. - DEROGAR la Resolución Directoral N°241-2023-DG-DIRIS-LC, de fecha 5 de mayo de 2023.
Artículo 9. DISPONER LA NOTIFICACIÓN de la presente resolución a todos los miembros del GTCC DIRIS LC, para su conocimiento y fines.
Artículo 10. COMUNICAR la presente resolución a la Dirección General de Operaciones en Salud y a la Dirección General de Gestión de Riesgos de Desastres y Defensa Nacional en Salud del Ministerio de Salud, para conocimiento y fines pertinentes.:
Artículo 11°. - DISPONER LA DIFUSIÓN de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
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Artículo 2- FUNCIONES DEL GRUPO DE TRABAJO EI GTCC DIRIS LC tiene las siguientes funciones:
- Articular y coordinar la implementación de la gestión de riesgos climáticos dentro de los mecanismos institucionales. Monitorear la implementación de las medidas de adaptación y mitigación en salud frente al cambio climático.
- Evaluar y actualizar, en caso corresponda y de acuerdo a la evidencia técnica y/o cientifica, las medidas, indicadores y metas de adaptación y mitigación en salud frente al cambio climático. - Proponer estrategias de mejora continua, a fin de optimizar la implementación de las medidas de mitigación y adaptación en salud frente al cambio climático.
- Elaborar y presentar a la DIRIS LC el informe final del Grupo de Trabajo sobre las acciones realizadas para la implementación de las medidas de mitigación y adaptación en salud frente al cambio
Artículo ..- SECRETARIA TÉCNICA EI GTCC DIRIS LC cuenta con una Secretaría Técnica ejercida por el Jefe (a) de la Oficina de Gestión de Riesgos y Desastres, cuyo objeto es brindar apoyo técnico y administrativo al Grupo de Trabajo
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Artículo 4°. - INSTALACIÓN DEL GRUPO DE TRABAJO El GTCC DIRIS LC deberá tener reuniones de trabajo continuas durante su vigencia, debiendo la Secretaría Técnica convocar una reunión de planificación, agenda y trabajo en un plazo no mayor de diez (10) días hábiles, contados a partir del día hábil siguiente de notificada la presente resolución a los miembros, o en su defecto, de publicada la presente resolución en el portal web institucional
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Artículo 5° COLABORACIÓN, ASESORAMIENTO Y APOYO El GTCC DIRIS LC podrá solicitar la colaboración, asesoramiento, opinión o aporte técnico de los órganos de la DIRIS LC y entidades del Sector Salud, para el cumplimiento de su objeto
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Artículo 6. La renovar la vigencia del GTCC DIRIS LC, será de hasta el 31 de diciembre de 2025 contados a partir de la fecha de emisión de la presente resolución, de acuerdo a las actividades del "Plan de Trabajo Multianual 2023 2025: Hoja de Ruta para la Implementación de las medidas de adaptación frente al cambio climático de la DIRIS Lima Centro", aprobado por Resolución Directoral N° 670-2023-DG-DIRIS-LC.
Artículo 7°. - El ejercicio de las funciones del GTCC DIRIS LC se financia con cargo al presupuesto institucional de la DIRIS LC, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Cada órgano, oficina y/o unidad funcional, asume los gastos que pudiera generar el ejercicio de las funciones de sus representantes.
Artículo 8°. - DEROGAR la Resolución Directoral N°241-2023-DG-DIRIS-LC, de fecha 5 de mayo de 2023.
Artículo 9. DISPONER LA NOTIFICACIÓN de la presente resolución a todos los miembros del GTCC DIRIS LC, para su conocimiento y fines.
Artículo 10. COMUNICAR la presente resolución a la Dirección General de Operaciones en Salud y a la Dirección General de Gestión de Riesgos de Desastres y Defensa Nacional en Salud del Ministerio de Salud, para conocimiento y fines pertinentes.:
Artículo 11°. - DISPONER LA DIFUSIÓN de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.