Resolución Directoral N.° 395-2024-DG-DIRIS-LC

31 de mayo de 2024

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Artículo 1.-APROBAR, el "PLAN DE TRABAJO DE LA ESTRATEGIA SANITARIA DE
PREVENCIÓN Y CONTROL DE ENFERMEDADES METAXENICAS Y ZOONOTICAS, PARA EL
AÑO 2024"\ el cual consta de ocho (08) numerales, que incluye quince (15) Anexos, en un total
de cuarenta y dos (42) páginas, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución;
cuyas actividades inician en enero de 2024, cuyo presupuesto requerido para su ejecución es de
S/. 1,597,326.00 (Un Millón Quinientos Noventa y Siete Mil Trescientos Veintiséis con 00/100
De conformidad, con las funciones previstas en el literal r) del
artículo 8 del Manual de
^/Operaciones de las Direcciones de Redes Integradas de Salud de Lima Metropolitana, aprobado
mediante la Resolución Ministerial N° 467-2017/MINSA, y, a las facultades conferidas por
Resolución Ministerial N° 806-2023/MINSA;
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Que’
Por
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Y conforme a las opiniones favorables emitidas por las oficinas
A-/'" .^pertinentes, corresponde a esta Dirección General aprobar el “PLAN DE TRABAJO DE LA
/?/'
ESTRATEGIA
SANITARIA
DE
PREVENCIÓN
CONTROL
DE
ENFERMEDADES
Ul ^METAXÉNICAS Y ZOONÓTICAS, PARA EL AÑO 2024”;
Con el visto de la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria, la Oficina de
Intervenciones Sanitarias; de la Dirección Administrativa, de la Oficina de Presupuesto Público;
de la Oficina de Planeamiento y Modernización de la Gestión Pública, y de la Oficina de Asesoría
x- ^¿^ufídiQa de |a Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro;
OFICINAÍE I
PRESUPUESTO Ü
¿ PÚBUCO j
.. soles) y el presupuesto autorizado por la Oficina de Presupuesto Público para su ejecución es de
S/294,000.00 (Doscientos Noventa y Cuatro Mil con 00/100 Soles), del total.
/•

Artículo 2.- La ejecución del Plan aprobado en el artículo precedente está supeditada
a la disponibilidad presupuestal conforme a lo señalado en la Nota Informativa N° 125-2024-OPP-
DIRIS-LC, de fecha 08 de marzo de 2024, emitido por la Oficina de Presupuesto Público de la

Artículo 3.- ENCARGAR a la Dirección de Monitoreo y Gestión Sanitaria, a través de
la Oficina de Intervenciones Sanitarias, la ejecución, el monitoreo, evaluación y emitir el informe
de evaluación del plan de trabajo aprobado en el
artículo primero.

Artículo 4.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la
Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.

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