Resolución Directoral N.° 539-2024-DG-DIRIS-LC
24 de junio de 2024
Artículo I.- APROBAR, la “Conformación del Farmacovigilancia y Tecnovigilancia de la DIRIS Lima Centro”, actividades:
Gestionar la implementación de la farmacovigilancia y tecnovigilancia en losestablecimientos de salud y establecimientos elaborando la documentación necesaria para MINSA/DIGEM1D-V.01.Coordinar acciones de farmacovigilancia establecimiento farmacéuticos de la jurisdicción.Elaborar, establecer e implementar procedimientos operativos estandarizados para recibir, evaluar, registrar y enviar las notificaciones de sospechas de reacciones adversas e incidentes adversos que se reportan en los establecimientos de salud y establecimientos farmacéuticos.Recibir, codificar, registrar, evaluar y analizar las notificaciones de sospechas de reacciones adversas e incidentes adversos, que se presentan en los. establecimientos de salud y establecimientos farmacéuticos de la jurisdicción.Artículo I.- APROBAR, la “Conformación del Farmacovigilancia y Tecnovigilancia de la DIRIS Lima Centro”, actividades:• Remitir al Centro Nacional de Farmacovigilancia y tecnovigilancia, la información evaluada, analizada y procesada de las notificaciones de sospechas de reacciones adversas e incidentes adversos de acuerdo a los procedimientos que establezca, en los siguientes plazos:
veinticuatro (24) horas de conocido el caso, utilizando los medios de comunicación disponibles. Adicionalmente remitir en el plazo no mayor a diez (10) días calendarios, desde la recepción del reporte, el informe técnico de lá sospecha de reacción adversa grave.• Las sospechas de reacciones adversas o incidentes adversos leves y moderados, deben ser remitidas en un plazo no mayor de veinte (20) días calendario de conocido el caso en los formatos aprobados por la ANM.• Realizar el seguimiento de las notificaciones de sospechas de reacciones adversa^ o incidentes adversos graves o en los casos que el Centro Nacional de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia lo solicite en el ámbito de la jurisdicción.• Mantener la confidencialidad de las notificaciones de sospechas de reaccionesadversas e incidentes adversos.• Realizar el análisis de las notificaciones de sospechas de reacciones adversas e tincidentes adversos de la jurisdicción, y emitir un informe trimestral a la Autoridad *Regional de Salud, con copia al Centro Nacional de Farmacovigilancia y. Tecnovigilancia.• Realizar acciones de capacitación y asistencia técnica en aspectos de - /farmacovigilancia y tecnovigilancia en el ámbito de la jurisdicción. .• Coordinar y desarrollar actividades de farmacovigilancia y tecnovigilancia cdrtjos7 •-órganos regionales competentes de los ARS relacionados a la prevención y V treducción de riesgos de enfermedades transmisibles y no transmisibles.• Promover, desarrollar y/o apoyar a la ANM en la realización de estudjos'¡^^'>/^farmacoepidemiológicos y otros estudios, para el análisis y gestión del riesgo y asociado al uso de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productó sanitarios.• Elaborar, brindar y difundir información sobre seguridad de productosfarmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios en la jurisdicción, encoordinación con la ANM, dirigido a los profesionales de la salud y público engeneral, a fin de minimizar los riesgos asociados al uso de los mismos.• Vigilar y monitorear las actividades de farmacovigilancia y tecnovigilanciadesarrolladas en los establecimientos de salud y establecimientos farmacéuticos dela jurisdicción.
Artículo 2 - ENCARGAR a la Oficina de Acceso y Uso Racional de Medicamentos Farmacovigilancia y Tecnovigilancia de la Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, la implementación, ejecución, seguimiento y supervisión de la “Conformación del Centro de Referencia de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia de la DIRIS Lima Centro”
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro
Gestionar la implementación de la farmacovigilancia y tecnovigilancia en losestablecimientos de salud y establecimientos elaborando la documentación necesaria para MINSA/DIGEM1D-V.01.Coordinar acciones de farmacovigilancia establecimiento farmacéuticos de la jurisdicción.Elaborar, establecer e implementar procedimientos operativos estandarizados para recibir, evaluar, registrar y enviar las notificaciones de sospechas de reacciones adversas e incidentes adversos que se reportan en los establecimientos de salud y establecimientos farmacéuticos.Recibir, codificar, registrar, evaluar y analizar las notificaciones de sospechas de reacciones adversas e incidentes adversos, que se presentan en los. establecimientos de salud y establecimientos farmacéuticos de la jurisdicción.Artículo I.- APROBAR, la “Conformación del Farmacovigilancia y Tecnovigilancia de la DIRIS Lima Centro”, actividades:• Remitir al Centro Nacional de Farmacovigilancia y tecnovigilancia, la información evaluada, analizada y procesada de las notificaciones de sospechas de reacciones adversas e incidentes adversos de acuerdo a los procedimientos que establezca, en los siguientes plazos:
veinticuatro (24) horas de conocido el caso, utilizando los medios de comunicación disponibles. Adicionalmente remitir en el plazo no mayor a diez (10) días calendarios, desde la recepción del reporte, el informe técnico de lá sospecha de reacción adversa grave.• Las sospechas de reacciones adversas o incidentes adversos leves y moderados, deben ser remitidas en un plazo no mayor de veinte (20) días calendario de conocido el caso en los formatos aprobados por la ANM.• Realizar el seguimiento de las notificaciones de sospechas de reacciones adversa^ o incidentes adversos graves o en los casos que el Centro Nacional de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia lo solicite en el ámbito de la jurisdicción.• Mantener la confidencialidad de las notificaciones de sospechas de reaccionesadversas e incidentes adversos.• Realizar el análisis de las notificaciones de sospechas de reacciones adversas e tincidentes adversos de la jurisdicción, y emitir un informe trimestral a la Autoridad *Regional de Salud, con copia al Centro Nacional de Farmacovigilancia y. Tecnovigilancia.• Realizar acciones de capacitación y asistencia técnica en aspectos de - /farmacovigilancia y tecnovigilancia en el ámbito de la jurisdicción. .• Coordinar y desarrollar actividades de farmacovigilancia y tecnovigilancia cdrtjos7 •-órganos regionales competentes de los ARS relacionados a la prevención y V treducción de riesgos de enfermedades transmisibles y no transmisibles.• Promover, desarrollar y/o apoyar a la ANM en la realización de estudjos'¡^^'>/^farmacoepidemiológicos y otros estudios, para el análisis y gestión del riesgo y asociado al uso de los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productó sanitarios.• Elaborar, brindar y difundir información sobre seguridad de productosfarmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios en la jurisdicción, encoordinación con la ANM, dirigido a los profesionales de la salud y público engeneral, a fin de minimizar los riesgos asociados al uso de los mismos.• Vigilar y monitorear las actividades de farmacovigilancia y tecnovigilanciadesarrolladas en los establecimientos de salud y establecimientos farmacéuticos dela jurisdicción.
Artículo 2 - ENCARGAR a la Oficina de Acceso y Uso Racional de Medicamentos Farmacovigilancia y Tecnovigilancia de la Dirección de Medicamentos, Insumos y Drogas de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro, la implementación, ejecución, seguimiento y supervisión de la “Conformación del Centro de Referencia de Farmacovigilancia y Tecnovigilancia de la DIRIS Lima Centro”
Artículo 3.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro