Resolución Directoral N.° 803-2024-DG-DIRIS-LC
5 de agosto de 2024
Artículo 1.- RECTIFICAR con efecto retroactivo el tercer considerando de la Resolución Directoral N° 533-2024-DG-DIRIS-LC, de fecha 24 de junio de 2024, conforme a lo siguiente:
Dice:
"Que, con Informe N° 380-2024-UFGC-OGRRHH/DIRIS LC, de fecha 30 de mayo de 2024, la Oficina de Recursos Humanos, señala respecto del recurso de apelación, que, de acuerdó a las constancias de haberes presentadas por la trabajadora, se observa que se pagaba de acuerdo a una escala remunerativa establecida por el Ministerio de Salud; y que no existe adeudo a favor de la servidora Virginia Adela García de la Cruz (...)”
Debe decir:
“Que, con Informe N° 380-2024-UFGC-OGRRHH/DIRIS LC, de fecha 30 de mayo de 2024, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, señala respecto del recurso de apelación, que, de acuerdo a las constancias de haberes presentadas por la trabajadora, se observa que se pagaba de acuerdo a una escala remunerativa establecida por el Ministerio de Salud; y que no existe adeudo a favor de la servidora Julia Giraldo Ponte (...)"
Artículo 2. - DEJAR subsistentes los demás extremos de la Resolución Directoral N° 533-2024-DG-LC, de fecha 24 de junio de 2024.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución al interesado y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- DISPONER la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.
Dice:
"Que, con Informe N° 380-2024-UFGC-OGRRHH/DIRIS LC, de fecha 30 de mayo de 2024, la Oficina de Recursos Humanos, señala respecto del recurso de apelación, que, de acuerdó a las constancias de haberes presentadas por la trabajadora, se observa que se pagaba de acuerdo a una escala remunerativa establecida por el Ministerio de Salud; y que no existe adeudo a favor de la servidora Virginia Adela García de la Cruz (...)”
Debe decir:
“Que, con Informe N° 380-2024-UFGC-OGRRHH/DIRIS LC, de fecha 30 de mayo de 2024, la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, señala respecto del recurso de apelación, que, de acuerdo a las constancias de haberes presentadas por la trabajadora, se observa que se pagaba de acuerdo a una escala remunerativa establecida por el Ministerio de Salud; y que no existe adeudo a favor de la servidora Julia Giraldo Ponte (...)"
Artículo 2. - DEJAR subsistentes los demás extremos de la Resolución Directoral N° 533-2024-DG-LC, de fecha 24 de junio de 2024.
Artículo 3.- NOTIFICAR la presente resolución al interesado y a la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para conocimiento y fines pertinentes.
Artículo 4.- DISPONER la difusión de la presente resolución en el portal web de la Dirección de Redes Integradas de Salud Lima Centro.